Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de aportaciones de seguridad social a los contribuyentes de las zonas afectadas por las precipitaciones pluviales ocurridas en el Estado de Tabasco”.
Por medio de este decreto se exime a los sujetos obligados y trabajadores, cuyos centros de trabajo o cualquier otro establecimiento se ubiquen en las zonas afectadas del Estado de Tabasco, de la determinación, retención y entero de las cuotas obrero patronales a su cargo, establecidas en la Ley del Seguro Social, correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2007 y enero de 2008, únicamente por aquellos trabajadores asegurados al día 29 de octubre de 2007, que presten sus servicios en dichos centros de trabajo.
Asimismo, se prevé el diferimento hasta febrero de 2008 del pago de las cuotas obrero patronales del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, correspondientes a los bimestres 5o. y 6o. de 2007.
Para efectos del decreto, se consideran zonas afectadas los municipios de Balancán, Cárdenas, Centla, Centro, Comalcalco, Cunduacán, Emiliano Zapata, Huimanguillo, Jalapa, Jalpa de Méndez, Jonuta, Macuspana, Nacajuca, Paraíso, Tacotalpa, Teapa y Tenosique, del Estado de Tabasco. |